LA EMERGENCIA EPIDEMIOLÓGICA (COVID 19) Y EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ARQUITECTO – Por Ángel Fermín Garrote (h) Asesor legal CAPSF

LA EMERGENCIA EPIDEMIOLÓGICA (COVID 19) Y EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ARQUITECTO – Por Ángel Fermín Garrote (h) Asesor legal CAPSF

Sinopsis normativa y comentarios vinculados con el ejercicio de la arquitectura – Por Ángel Fermín Garrote (h) Asesor legal CAPSF.

 

RECOMENDACIONES PARA LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN OPORTUNIDAD DE AUTORIZARSE En las localidades o jurisdicciones en las que se habilite el ejercicio profesional o las obras particulares, los Arquitectos deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos pertinentes y disposición reglamentarias.

 

EN LA OBRA

1) Cumplimiento y control de aplicación de las normas de seguridad e higiene. Cabe distinguir aquellas responsabilidades que le caben al Arquitecto en el marco de los roles profesionales asumidos (proyecto, cálculo, dirección de obra, administración o representación técnica) de los que le caben al constructor y/o contratista y al dueño de la obra o comitente. Se destaca en ese marco el «deber de prevención» del daño previsto en el artículo 1710 del CCyC y las responsabilidades de control y cumplimiento. Al Director de obra, Conductor o Representante Técnico, en función de la aptitud de sus roles para contar con visión general de la obra en la que debe dirigir y coordinar las tareas y trabajos de otros profesionales, agentes, subcontratistas y obreros, le cabe la función «preventiva» de velar y controlar el cumplimiento de las normas de SSHH Es pertinente la contratación de un asesor en SSHH para definir la salud y seguridad en cada etapa de la obra y la elaboración de un protocolo de cumplimiento. Deben considerarse a tales fines los protocolos establecidos por la autoridad de aplicación y en particular el Protocolo PANDEMIA COVID19 – de la UOCRA Para definir tales responsabilidades y establecer dicho cumplimiento, es aconsejable formalizar un «Acta Compromiso» al inicio y/o reinicio de la obra en la queden determinadas las obligaciones a cumplir por cada sujeto y poder hacer el seguimiento respectivo.

2) Formalizar un «Acta de inicio / reinicio» de obra dejando establecido en la misma todos los detalles pertinentes (Individualización de la obra, ubicación, datos comitente, datos constructor, datos profesionales intervinientes en todos los roles, identificación del personal contratado, grado de avance de la obra y etapa a iniciar / reiniciar)

3) Llevar el «Libro de Obra» consignando en el mismo todas las novedades, instrucciones u observaciones que correspondan vinculadas con la ejecución, trabajos y personal involucrado. 4) En caso de paralización de la obra, formalizar un «Acta de paralización de obra» estableciendo las causas y fecha

5) En caso de culminación de la obra, formalizar «Acta de finalización de obra y servicios profesionales»

6) En caso de discrepancias o diferencias con el Comitente y/o Constructor y/o Contratista o Subcontratista, dejar establecidas las mismas en el Libro de Obra En todos los casos procurar la mayor documentación y digitalización de la obra, planos, croquis, indicaciones, instrucciones. Son válidas las tomas fotográficas, videos y registros mediante dispositivos electrónicos y el uso del correo electrónico

7) En caso de contradicción respecto de las instrucciones técnicas impartidas o de la ejecución de trabajos sin la intervención del profesional, dejarlo establecido y considerar la posibilidad de renunciar a la labor profesional mediante las comunicaciones pertinentes, con noticia al Colegio de Arquitectos y al Municipio o Comuna.

 

Texto completo para descargar: LA EMERGENCIA EPIDEMIOLOGICA Y LA PROFESION DE ARQUITECTO

 

Para descargar: